Blog Etiquetas

Inicio // Blog

Archivo >> July 2009

En abril de 2009 se ha publicado en España la EN 363/2008 que sustituye a la EN 363/2002 relativa a los sistemas anticaídas, en esta entrada continuamos con los comentarios a la misma, y en específico sobre los sistemas de retención.

 

La norma EN 363 describe y define los sistemas de protección individual contra caídas, así como los principios para el ensamblaje de los mismos. Como vemos aparece como novedad el término ensamblaje.

El ensamblaje consiste en la combinación de componentes para formar un sistema; es decir, si los componentes están normalizados cualquier combinación, independientemente de marcas y modelos, es válida siempre que sean los idóneos para la situación de trabajo. La norma explicita una serie de principios para el ensamblaje como por ejemplo el nivel de competencia del usuario o las características del lugar de trabajo.

En siguientes entradas iremos viendo los tipos de sistemas de protección individual contra caídas y tratemos de aclarar algunos puntos ya que la norma en ocasiones más que clarificar se presta a la confusión.

 

Sistemas de Retención: Sistemas de protección individual contra caídas que evita que el usuario alcance zonas donde existe el riesgo de caída de altura.

 

En el apartado de características de este sistema advierte que no esta previsto para detener caídas de altura es decir es un sistema de prevención de la caída.

Por otro lado advierte que no esta previsto para trabajar en situaciones en las que es necesario un dispositivo de prensión del cuerpo para sostener al usuario.

Como vemos algo tan simple como decir que basta utilizar un cinturón de retención según la EN 358 pero sin embargo se utiliza el verbo sostener que es bastante desafortunado ya que es lo mismo que sujetar o aguantar, que es precisamente la finalidad del cinturón. El párrafo en cuestión puede dar lugar a confusión.

 

Kreitton Sistema de Retención Arneses adecuados

 

En el apartado de ensamblaje dice que se puede utilizar cualquier dispositivo de prensión adecuado, lo correcto sería decir que se puede utilizar cualquier tipo de arnés menos los específicos de salvamento.


En abril de 2009 se ha publicado en España la EN 363/2008 que sustituye a la EN 363/2002 relativa a los sistemas anticaídas que merece algunos comentarios. En seis entradas consecutivas iremos analizando el contenido de esta noma.

 

 

En la nueva norma cambia la definición de sistema anticaídas. En la norma del 2002 se definía “Equipo de protección individual contra las caídas de altura compuesto de un arnés anticaída y de un subsistema de conexión y previsto para detener las caídas.” Actualmente se define como “Sistema de protección individual contra caídas que limita la fuerza de impacto que actúa sobre el cuerpo del usuario durante la detención de una caída.”

La principal novedad es que en el sistema anticaídas así definido no se establece el tipo de arnés (dispositivo de prensión del cuerpo) a utilizar sino que esto lo supedita al tipo de situación de trabajo, aunque sigue sin definir con claridad el arnés específico requerido en cada situación.

 

Define los sistemas de protección individual contra caídas como:

Ensamblaje de componentes previsto para proteger al usuario contra las caídas de altura, incluyendo un dispositivo de prensión del cuerpo y un sistema de conexión, que puede engancharse a un punto de anclaje fiable.”

Esta definición abre la puerta legal a utilizar lo que normalmente se denominan anclajes de fortuna, por ejemplo una viga IPN de hierro en una estructura o un ángulo en una torre eléctrica, ya que el criterio de punto de anclaje fiable es subjetivo dependiendo de la situación y el usuario.

 

Establece dos categorías de situación de trabajo con exposición a caídas:

Detención de la caída:

Acción destinada a evitar que el usuario de un sistema de protección individual contra caídas choque contra el suelo, la estructura o cualquier otro obstáculo durante una caída libre.

Observamos que esta categoría en rigor excluye casi todos los sistemas de detención; tratemos de imaginar un sistema de protección individual para subir a una torre de alta tensión que nos evite impactar contra la estructura en caso de caída libre; no valdría ni un elemento de amarre con absorbedor, ni línea de vida,…

 

Prevención de la caída:

Acción destinada a prevenir que el usuario de un sistema de protección individual contra caídas sufra una caída libre.

Es en esta categoría entran casi todos los sistemas de protección individual que define la norma:

  • Sistemas de retención
  • Sistemas de sujeción
  • Sistemas de acceso mediante cuerda
  • Sistemas de salvamento

Todos estos sistemas previenen y, si se utilizan correctamente, evitan que el usuario pueda sufrir una caída libre.

En las siguientes entradas analizaremos con detalle lo que la norma apunta sobre estos sistemas ya que la norma en algunos casos es bastante ambigua.


«InicioPrev12PróximoFin»
SEO by Artio