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Archivo >> November 2009

El pasado día 4 de noviembre se produjo un accidente durante un simulacro de evacuación de altura.

El accidente tuvo lugar durante la demostración de un nuevo aparato de evacuación, denominado AMSPI, para salvar a personas en incendios desde edificios. Este accidente se produjo al fallar el aparato de evacuación y precipitarse el demostrador al suelo desde una altura de 16 metros.

El aparato en cuestión fue premiado con la medalla de oro en el salón internacional de inventos de Suiza y probado en multitud de ocasiones por su inventor, por lo que no se explica como pudo fallar durante la presentación.

 

Accidente Simulacro de Evacuación

 

Mientras que aún no se conocen las causas reales del accidente, se barajó en los medios la posibilidad de un boicot, pero nos preguntamos quien puede hacer este tipo de boicots con un posible resultado mortal así como nos negamos a creer que alguien manipule el aparato con esta intención. Pudiera darse la situación de una manipulación involuntaria ya que el aparato se dejo la noche anterior a la prueba instalado en la cubierta del edificio en el que se realizaría la prueba, con lo que cualquier curioso con acceso a la misma pudo andar tocándolo.

No obstante se podría haber doblado la seguridad con un sistema paralelo ya que al fin y al cabo se trataba de una prueba pues según el Instituto Vasco de Seguridad y Salud Laboral el aparato todavía no dispone de las certificaciones y normalizaciones preceptivas.

De la misma manera, insistimos que los sistemas han de ser revisados previo al uso si los mismos han estado en situación de libre acceso, práctica que nuestra empresa aplica rigurosamente en aquellas situaciones donde el acceso a las instalaciones de cabecera es libre.


Hasta la aparición de la norma UNE EN 363 / 2008 referente a Sistemas de Protección Individual Contra Caídas, en muchos casos todos los componentes de un sistema debían ser del mismo fabricante; gracias al concepto de ensamblaje esto ya no tiene porque ser así.

 

La norma en el capitulo de generalidades en el apartado de características expone “Un sistema de protección individual contra caídas consiste en un ensamblaje de componentes conectados entre si de forma separable o inseparable”; aquí ya se introduce una novedad interesante sobre todo para los equipos de salvamento es decir podemos optar por equipos inseparables o podemos montar un equipo con componentes separables y utilizables para otras tareas lo que hasta ahora no era posible.

Para ensamblar un sistema de protección individual contra caídas se introducen entre otros algunos aspectos muy interesantes:

El usuario previsto: Se tiene en cuenta el nivel de competencia del usuario a la hora de ensamblar los sistemas.

Compatibilidad de los componentes: Si los componentes de un sistema son compatibles no necesariamente tienen que ser de la misma marca, por ejemplo un aparato de descenso para cuerda de 11mm Ø se puede utilizar con cualquier cuerda independiente de la marca y viceversa.

Los componentes pueden utilizarse en distintos tipos de sistemas de protección individual contra caídas, siempre que sean adecuados para el propósito especifico.

Como vemos la norma presenta una notable mejoría en cuanto a la universalización de componentes para ensamblar un sistema.


En numerosas entradas hacemos alusión a las normas europeas EN y pensamos que algunos lectores no tienen claro de donde provienen ni en que legislación se incluyen, trataremos de aclararlo un poco aquí.

Empecemos aclarando que la legislación europea se elaboran en el seno del Consejo de las Comunidades Europeas (CCE) y se ratifican por medio de directivas de obligado cumplimiento en el ámbito de la Comunidad Económica Europea (CEE).

Dichas directivas son generales es decir no contienen detalles técnicos y es aquí donde entra el Comité Europeo de Normalización (CEN).

El CEN es una organización de ámbito internacional sin animo de lucro que integra a otros organismos o asociaciones nacionales de normalización y tiene como fines fomentar la economía europea en el comercio mundial, el bienestar de los ciudadanos europeos y el medio ambiente; en España el organismo asociado es AENOR (Asociación Española de Normalización).

El CEN se encarga de elaborar normas técnicas acordes con las distintas directivas por esto se denominan “normas armonizadas”; dichas normas han de ser cumplidas por los países que distribuyen sus productos en la CEE pertenezcan o no a la misma; en el CEN se integran países como Islandia o Suiza que no pertenecen a la CEE.

El CEN no elabora las normas armonizadas del sector electrotécnico ni el de telecomunicaciones; esta las elaboran respectivamente el CENELEC (Comité Europeo de Normalización Electrotécnica) y el ETSI (Instituto Europeo de Normas de Telecomunicaciones).

El CEN trabaja por medio de Comités Técnicos por sectores o materias y estos a su vez nombran Comisiones Técnicas para elaborar las normas concretas de cada temática.

En el caso de los trabajos en altura y los equipos de protección que se utilizan en los mismos existen dos directivas básicas:

Directiva 89/656/CEE transpuesta al derecho español mediante el RD 773/97 “Disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual”

Directiva 89/686/CEE transpuesta al derecho español mediante el RD 1407/92 “Condiciones para la comercialización y libre circulación intracomunitaria de los equipos de protección individual”

El Comité Técnico encargado de elaborar las normas relativas a la seguridad en el trabajo es el AEN / CTN 81Prevención y medios de protección personal y colectiva en el trabajo”, este comité para el caso de los trabajos en altura delega en la comisión técnica CEN / TC 160Protección contra la caída desde alturas incluyendo arneses y cinturones”; la secretaria la ejerce la DIN (Deutsche Industrie Norm) que es la organización de normalización que representa a Alemania dentro del CEN.

La normas en principio tienen que estar muy bien elaboradas ya que la comisión de trabajo esta constituida por:

  • Fabricantes
  • Representantes técnicos de empresas
  • Representantes de organismos nacionales de normalización
  • Representantes de empresas o laboratorios que realizan los ensayos del material
  • Representantes institucionales

Como vemos no falta ninguno de los sectores representativos. En España los textos de las normas se distribuyen por AENOR y no son gratuitas como se podría pensar al ser de obligado cumplimiento.


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