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Es bastante normal que las empresas dispongan de un plan de prevención de riesgos en el que se contemplen las medidas de emergencia planificando la evacuación de sus trabajadores, sobre todo en caso de incendio, pero no es usual tener un plan específico de evacuación para trabajos en altura.

Salvo excepciones (sector eólico, sector eléctrico,…) en las empresas con operarios que realizan trabajos en altura no se dispone de planes ni procedimientos específicos para evacuar a usuarios de sistemas anticaídas en caso de que los mismos queden suspendidos de un arnés. Recordemos que en caso de que una persona quede sin sentido en esta situación, en un periodo comprendido entre 15 y 25´ sufrirá lesiones extremadamente graves y probablemente la muerte.

La Ley de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL) en su articulo 20 sobre medidas de emergencia dice:

"El empresario, teniendo en cuenta el tamaño y la actividad de la empresa, así como la posible presencia de personas ajenas a la misma, deberá analizar las posibles situaciones de emergencia y adoptar las medidas necesarias en materia de primeros auxilios, lucha contra incendios y evacuación de los trabajadores, designando para ello al personal encargado de poner en práctica estas medidas y comprobando periódicamente, en su caso, su correcto funcionamiento. El citado personal deberá poseer la formación necesaria, ser suficiente en número y disponer del material adecuado, en función de las circunstancias antes señaladas.

Para la aplicación de las medidas adoptadas, el empresario deberá organizar las relaciones que sean necesarias con servicios externos a la empresa, en particular en materia de primeros auxilios, asistencia médica de urgencia, salvamento y lucha contra incendios, de forma que quede garantizada la rapidez y eficacia de las mismas."

Un accidentado en suspensión es una situación de emergencia en la que hay que evacuar con rapidez, sobre todo en el caso de que este desmayado como vimos anteriormente.

Las medidas a adoptar generalmente pasan por una formación en técnicas de salvamento y uso de materiales específicos para este tipo de situaciones, la elaboración de procedimientos de actuación y entrenamientos periódicos; y esto es difícil de asumir por las empresas.

Por otro lado la norma UNE EN 363:2008 Sistemas de protección individual contra caídas, en su capitulo 4 explicita: "Siempre cuando se inicia un trabajo en altura, debería existir un plan de salvamento in situ."

Como conclusión vemos que esta bastante claro que cuando se trabaja en altura con equipos de protección específicos, por la LPRL y la norma UNE EN 363, se debe de disponer de un plan de salvamento para el caso de que se produzca una caída con resultado de suspensión.


En los trabajos de acceso y posicionamiento mediante cuerdas, trabajos verticales, se es bastante reacio a utilizar absorbedores de energía, prefiriendo utilizar una cuerda de seguridad dinámica pensando que sus prestaciones son adecuadas.

Sin embargo, existen dos razones de peso para utilizar un absorbedor de energía en detrimento de las cuerdas dinámicas:

  1. La cuerda de seguridad, en un sistema de acceso mediante cuerdas, va unida al arnés del usuario mediante un dispositivo deslizante anticaídas conformando un sistema anticaídas. Este sistema es, según el apartado 4.2.4 de la EN 363 de 2008, un  "... sistema anticaídas debe incluir un elemento o funciones de absorción de energía para asegurar que las fuerzas de impacto que actúan sobre el cuerpo del usuario durante la detención de una caída libre se limitan a 6 kN como máximo", y esto solo se consigue utilizando un absorbedor de energía. Si utilizamos una cuerda dinámica como cuerda de seguridad debemos saber que según la EN 892 se pueden alcanzar fuerzas de choque de hasta 12 kN, es decir doblaría el límite que establece la norma EN 363.
  2. Por otro lado, la caída con una cuerda dinámica con un arnés anticaídas hace que el usuario reciba zarandeos bruscos y descontrolados debido a los puntos de enganche más altos que el centro de gravedad del cuerpo y al efecto muelle, presente hasta que se para la cuerda; con un absorbedor de energía la parada es gradual y suave.

Más abajo podemos ver el efecto de una caída utilizando una cuerda dinámica y un absorbedor de energía.

 

 


El pasado día 4 de noviembre se produjo un accidente durante un simulacro de evacuación de altura.

El accidente tuvo lugar durante la demostración de un nuevo aparato de evacuación, denominado AMSPI, para salvar a personas en incendios desde edificios. Este accidente se produjo al fallar el aparato de evacuación y precipitarse el demostrador al suelo desde una altura de 16 metros.

El aparato en cuestión fue premiado con la medalla de oro en el salón internacional de inventos de Suiza y probado en multitud de ocasiones por su inventor, por lo que no se explica como pudo fallar durante la presentación.

 

Accidente Simulacro de Evacuación

 

Mientras que aún no se conocen las causas reales del accidente, se barajó en los medios la posibilidad de un boicot, pero nos preguntamos quien puede hacer este tipo de boicots con un posible resultado mortal así como nos negamos a creer que alguien manipule el aparato con esta intención. Pudiera darse la situación de una manipulación involuntaria ya que el aparato se dejo la noche anterior a la prueba instalado en la cubierta del edificio en el que se realizaría la prueba, con lo que cualquier curioso con acceso a la misma pudo andar tocándolo.

No obstante se podría haber doblado la seguridad con un sistema paralelo ya que al fin y al cabo se trataba de una prueba pues según el Instituto Vasco de Seguridad y Salud Laboral el aparato todavía no dispone de las certificaciones y normalizaciones preceptivas.

De la misma manera, insistimos que los sistemas han de ser revisados previo al uso si los mismos han estado en situación de libre acceso, práctica que nuestra empresa aplica rigurosamente en aquellas situaciones donde el acceso a las instalaciones de cabecera es libre.


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