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El pasado día 4 de noviembre se produjo un accidente durante un simulacro de evacuación de altura.

El accidente tuvo lugar durante la demostración de un nuevo aparato de evacuación, denominado AMSPI, para salvar a personas en incendios desde edificios. Este accidente se produjo al fallar el aparato de evacuación y precipitarse el demostrador al suelo desde una altura de 16 metros.

El aparato en cuestión fue premiado con la medalla de oro en el salón internacional de inventos de Suiza y probado en multitud de ocasiones por su inventor, por lo que no se explica como pudo fallar durante la presentación.

 

Accidente Simulacro de Evacuación

 

Mientras que aún no se conocen las causas reales del accidente, se barajó en los medios la posibilidad de un boicot, pero nos preguntamos quien puede hacer este tipo de boicots con un posible resultado mortal así como nos negamos a creer que alguien manipule el aparato con esta intención. Pudiera darse la situación de una manipulación involuntaria ya que el aparato se dejo la noche anterior a la prueba instalado en la cubierta del edificio en el que se realizaría la prueba, con lo que cualquier curioso con acceso a la misma pudo andar tocándolo.

No obstante se podría haber doblado la seguridad con un sistema paralelo ya que al fin y al cabo se trataba de una prueba pues según el Instituto Vasco de Seguridad y Salud Laboral el aparato todavía no dispone de las certificaciones y normalizaciones preceptivas.

De la misma manera, insistimos que los sistemas han de ser revisados previo al uso si los mismos han estado en situación de libre acceso, práctica que nuestra empresa aplica rigurosamente en aquellas situaciones donde el acceso a las instalaciones de cabecera es libre.


En abril de 2009 se ha publicado en España la EN 363/2008 que sustituye a la EN 363/2002 relativa a los sistemas anticaídas, en esta entrada continuamos con los comentarios a la misma, específicamente sobre los sistemas de salvamento.

Esta nueva norma introduce una novedad que seguramente dará mucho que hablar. En el capitulo de generalidades explicita: “Siempre, cuando se inicia un trabajo en altura, debería existir un plan de salvamento in situ.” En España, y que nosotros conozcamos, este tipo de planes solo existe en trabajos especiales en los que en caso de producirse un incidente es muy difícil la evacuación de personas; por ejemplo en espacios confinados, aerogeneradores,…, pero raramente en los trabajos habituales en altura, como pueden ser, mantenimiento, limpieza, trabajo en andamios,…etc. Además si tenemos en cuenta que trabajo en altura se considera todo aquel que se desarrolla a partir de 2m de desnivel, de momento la norma parece utópica.

En el apartado de sistemas de salvamento, se define Sistema de Salvamento como: “Sistema de protección individual contra caídas mediante el cual una persona puede salvarse a si misma o a otras y que previene una caída libre

Son sistemas que permiten el descenso y/o elevación del rescatado a un lugar seguro.

Generalmente estos sistemas funcionan muy bien en espacios verticales sin obstáculos; los sistemas de descenso hacen que el usuario descienda a una velocidad constante lo que en el caso de que exista un obstáculo en la trayectoria se hace necesario maniobrar para sortearlo, en la situación que la victima este impedida o sola puede ser peligroso.

En cualquier caso el uso de estos sistemas conlleva una formación y entrenamiento previos. Por otro lado la norma permite ensamblar componentes de distintos tipos de sistema para formar sistemas de salvamento, pero esto generalmente implica un buen nivel de competencia en los posibles usuarios.

Kreitton Sistema Anticaída Sistema Salvamento Descenso

 Kreitton Sistema Anticaída Sistema Salvamento Ascenso

La cuestión es si se tiene que instalar uno de estos sistemas estandarizados cada vez que se trabaja en altura o esto depende de la cualificación de los trabajadores en técnicas de rescate.


Es bastante habitual observar en empresas de Trabajos Verticales, aquellas que según RD2177/2004 utilizan “técnicas de acceso y posicionamiento mediante cuerdas”, el uso de aparatos de descenso que incumplen la legislación laboral y que en algunas situaciones son peligrosos.

Un aparato (mecanismo) de descenso en el caso de ser utilizado para trabajar es lo que se denomina un equipo de trabajo (cualquier máquina, aparato, instrumento o instalación utilizado en el trabajo), y según el anexo I del RD 1215/97 relativo a los equipos de trabajo:

  • No deberán acarrear riesgos como consecuencia de una manipulación involuntaria
  • La puesta en marcha de un equipo de trabajo solamente se podrá efectuar mediante una acción voluntaria sobre un órgano de accionamiento previsto a tal efecto.

Un aparato clásico y de uso generalizado es el STOP que claramente incumple los dos apartados anteriores, si apretamos la palanca de desbloqueo demasiado podemos entrar en caída libre.

 

Kreitton Equipo de Descenso Stop

 

Esta situación se puede dar si nos cae algún objeto e instintivamente apretamos la mano de accionamiento del freno. Otra posible situación problemática es si llevamos el STOP muy cerca del cuerpo, entonces se puede desbloquear involuntariamente al apoyarnos en la palanca por descuido.

 

Kreitton Equipos de Descenso Stop Mal uso

 

Se podría objetar que nos pararíamos mediante el dispositivo anticaída de la cuerda de seguridad, pero salvo que llevemos éste por encima de nuestra posición de trabajo, la caída hasta el bloqueo seria de factor elevado produciéndose una Fuerza de Choque importante. Esto no quiere decir que el STOP no sirva para descender por una cuerda, pero está diseñado y cumple la norma para uso deportivo.

Otro de los aparatos que utilizan algunos trabajadores, afortunadamente cada vez menos, es el ocho.

 

Kreitton Equipo de Descenso Ocho

 

Este aparato que no dispone de bloqueo automático por lo que en el caso de que se utilice sin dispositivo de frenado adicional, si soltamos la cuerda entramos en caída libre.

 

Kreitton Equipo de Descenso Ocho Mal uso

 

Como conclusión, para descender por una cuerda debemos utilizar dispositivos de descenso que garanticen en caso de fallo humano un bloqueo automático imposibilitando la caída, estos dispositivos son los que cumplen la norma UNE EN 341, de los que hablaremos en otra entrada.

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