Etiquetado con
Legislacion y Normativa el
Jul 21, 2009
En abril de 2009 se ha publicado en España la EN 363/2008 que sustituye a la EN 363/2002 relativa a los sistemas anticaídas, en esta entrada continuamos con los comentarios a la misma, específicamente sobre los sistemas de acceso mediante cuerdas.
Continuando con los tipos de sistemas de protección individual contra caídas definidos en la nueva norma EN 363, veremos en esta entrada los sistemas de acceso mediante cuerdas.
Sistema de acceso mediante cuerdas: Un sistema de acceso mediante cuerda es un sistema de protección individual contra caídas que permite al usuario acceder y salir del lugar de trabajo en tensión o suspensión, de forma que previene o detiene una caída libre.
Tanto en la definición como después en las características nos encontramos con algo chocante. Por un lado se indica que es un sistema de prevención, es decir, es un sistema destinado a prevenir que el usuario sufra una caída libre, y por otro se indica que detiene una caída libre, lo cual contradice lo anterior.
En la parte referida a el ensamblaje dice que “se pueden utilizar arneses anticaídas o arneses de asiento”, pero por otro lado tenemos que "se debe instalar una línea de seguridad." Como esta línea de seguridad no esta definida en ninguna parte de la norma EN 363/2008 suponemos que se refiere a una línea de anclaje flexible, bajo la EN 353 - 2, ya que según las características de este sistema detalladas en la misma norma "permite desplazamientos laterales del usuario."
Como el usuario debe ir unido mediante el arnés a la misma, tendríamos que la cuerda de seguridad junto con el elemento de conexión y el arnés formarían un sistema anticaídas. Pero en la misma norma, y en su apartado sobre los sistema anticaída, dice “el único dispositivo de prensión del cuerpo adecuado en un sistema anticaídas es un arnés anticaídas,” y aquí nos encontramos en una contradicción, salvo que la línea de seguridad no sea un sistema anticaída. Pero entonces nos surge de inmediato la pregunta: ¿Qué es una línea de seguridad.?
Etiquetado con
Legislacion y Normativa el
Jul 17, 2009
En abril de 2009 se ha publicado en España la EN 363/2008 que sustituye a la EN 363/2002 relativa a los sistemas anticaídas, en esta entrada continuamos con los comentarios a la misma, específicamente sobre los sistemas de sujeción.
Continuando con los tipos de sistemas de protección individual contra caídas, veremos en esta entrada los sistemas de sujeción.
Sistema de Sujeción: Un sistema de sujeción es un sistema de protección individual contra caídas que permite al usuario trabajar apoyado en tensión o en suspensión de forma que se previene una caída libre.
En el apartado de características de este sistema advierte que no esta previsto para detener caídas de altura es decir es un sistema de prevención de la caída.
Llama la atención que se explicite que es un sistema que se puede utilizar para trabajar en suspensión. Si esto es así debería advertir que trabajar suspendido de un arnés solo se puede hacer en intervalos muy cortos de tiempo. Esta situación se vuelve extremadamente incómoda, si no peligrosa, a partir de unos 15´, como sabe cualquier usuario que haya pasado por esta situación.
Para trabajar en suspensión el sistema idóneo es el sistema de acceso mediante cuerda, donde se utiliza una silla que nos permite liberar nuestro peso del arnés. Este sistema lo veremos en detalle en una próxima entrada.
En el apartado de ensamblaje dice: “Se puede utilizar cualquier dispositivo de prensión del cuerpo adecuado. Sin embargo, no se recomiendan los cinturones de sujeción.” Sin embargo, en la primera, y desafortunada, imagen del sistema, se ve claramente que el usuario esta utilizando un cinturón de sujeción.
Ojo con este sistema, la norma dice que hay que suministrar una salvaguardia es decir un sistema redundante que en el caso de que falle el sistema de sujeción detenga la posible caída y pone como ejemplo un sistema anticaídas.
Etiquetado con
Legislacion y Normativa el
Jul 12, 2009
En abril de 2009 se ha publicado en España la EN 363/2008 que sustituye a la EN 363/2002 relativa a los sistemas anticaídas, en esta entrada continuamos con los comentarios a la misma, y en específico sobre los sistemas de retención.
La norma EN 363 describe y define los sistemas de protección individual contra caídas, así como los principios para el ensamblaje de los mismos. Como vemos aparece como novedad el término ensamblaje.
El ensamblaje consiste en la combinación de componentes para formar un sistema; es decir, si los componentes están normalizados cualquier combinación, independientemente de marcas y modelos, es válida siempre que sean los idóneos para la situación de trabajo. La norma explicita una serie de principios para el ensamblaje como por ejemplo el nivel de competencia del usuario o las características del lugar de trabajo.
En siguientes entradas iremos viendo los tipos de sistemas de protección individual contra caídas y tratemos de aclarar algunos puntos ya que la norma en ocasiones más que clarificar se presta a la confusión.
Sistemas de Retención: Sistemas de protección individual contra caídas que evita que el usuario alcance zonas donde existe el riesgo de caída de altura.
En el apartado de características de este sistema advierte que no esta previsto para detener caídas de altura es decir es un sistema de prevención de la caída.
Por otro lado advierte que no esta previsto para trabajar en situaciones en las que es necesario un dispositivo de prensión del cuerpo para sostener al usuario.
Como vemos algo tan simple como decir que basta utilizar un cinturón de retención según la EN 358 pero sin embargo se utiliza el verbo sostener que es bastante desafortunado ya que es lo mismo que sujetar o aguantar, que es precisamente la finalidad del cinturón. El párrafo en cuestión puede dar lugar a confusión.
En el apartado de ensamblaje dice que se puede utilizar cualquier dispositivo de prensión adecuado, lo correcto sería decir que se puede utilizar cualquier tipo de arnés menos los específicos de salvamento.